Capítulo
I.- Disposiciones Generales
Artículo
1.- OBJETO.
1. Constituye el objeto de este
Reglamento las normas por las que ha de regirse el abastecimiento de aguas
potables a la población del ámbito territorial a que extiende sus
servicios la Mancomunidad de la Comarca de Ponferrada, mediante las captaciones
e instalaciones con que cuenta en la actualidad y con las que pueda contar en el
futuro, siendo asimismo de aplicación en cuanto al aspecto tributario, la
ordenanza fiscal en el momento de aplicación.
2. Se consideran instalaciones
todas las redes de transporte y distribución y tendrán el carácter
de públicas y propiedad de esta mancomunidad, cualquiera que sea la
persona que lo ejecute ó financie. |